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Artículo 338 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de un delito que comete un funcionario público (como un policía, un juez o un empleado de gobierno) cuando usa su puesto para pedir o agarrar dinero, bienes o cosas que no le corresponden, ya sea para beneficiarse él mismo o para dárselas a otra persona. Si alguien hace esto, dependiendo de lo que se haya llevado, puede terminar en la cárcel de 1 a 8 años, pagar una multa, perder su trabajo y quedar vetado para trabajar en el gobierno otra vez. La diferencia en el castigo depende del valor de lo robado: si es menos de 90 veces lo que vale la Unidad de Medida y Actualización (UMA, que es una referencia para calcular multas y sueldos), la pena es más leve; si es más de eso, la condena es más severa. En pocas palabras, si eres servidor público y te aprovechas de tu cargo para quedarte con algo ajeno, te van a castigar con todo el peso de la ley.

Texto oficial

Artículo 338. Comete el delito de abuso de autoridad con contenido patrimonial, el servidor público que utilice su empleo, cargo o comisión para obtener la entrega de fondos, valores o cualquiera otra cosa que no le haya sido confiada, para aprovecharse o disponer de ella en su favor o de un tercero. Al que cometa este delito, se le impondrán las siguientes sanciones: I. De uno a tres años de prisión y de treinta a trescientos días multa, destitución e inhabilitación correspondiente para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, cuando la cantidad o el valor de lo obtenido no exceda del equivalente de noventa veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, o no sea cuantificable. II. De tres a ocho años de prisión, de quinientos a mil días multa, destitución e inhabilitación correspondiente para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos cuando la cantidad o el valor de lo obtenido exceda de noventa veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 129) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.