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Artículo 34 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas cometen un delito juntas, todas deben pagar el daño que causaron, aunque una sola pueda cubrir todo el monto. Eso significa que la víctima puede cobrarle a cualquiera de ellas el total, sin esperar a que cada una pague su parte. Después, quien pagó todo puede reclamar a los demás lo que les toca, pero eso ya es un asunto entre ellos. En pocas palabras, todos responden por el dinero de la reparación, no nada más el que tuvo la culpa principal.

Texto oficial

Artículo 34.- Los responsables de un delito están obligados solidariamente a cubrir el importe de la reparación del daño.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.