Artículo 34 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas cometen un delito juntas, todas deben pagar el daño que causaron, aunque una sola pueda cubrir todo el monto. Eso significa que la víctima puede cobrarle a cualquiera de ellas el total, sin esperar a que cada una pague su parte. Después, quien pagó todo puede reclamar a los demás lo que les toca, pero eso ya es un asunto entre ellos. En pocas palabras, todos responden por el dinero de la reparación, no nada más el que tuvo la culpa principal.
Texto oficial
Artículo 34.- Los responsables de un delito están obligados solidariamente a cubrir el importe de la reparación del daño.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.