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Ley
Código Penal del Estado de México
Artículo
354

Artículo 354 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien pide dinero, regalos o favores haciéndose pasar por un servidor público para cometer delitos como cohecho (sobornar a un funcionario), concusión (un funcionario que exige dinero por su trabajo) o tráfico de influencias (usar contactos para obtener algo ilegal), le pueden dar de 3 a 8 años de cárcel y una multa de 75 a 200 días de salario mínimo. Además, si alguien dio dinero o regalos en estos casos, el gobierno no se los va a devolver, ni a quien pidió ni a quien dio. Ese dinero o regalos se usarán para mejorar los servicios de justicia y administración del país.

Texto oficial

Artículo 354. A quien en nombre de un servidor público solicite dinero, valores, servicios o cualquier otra dádiva, en los casos a que se refieren los delitos de cohecho, concusión y tráfico de influencia, se le impondrán de tres a ocho años de prisión, y de setenta y cinco a doscientos días multa. En ningún caso, se devolverá a los inculpados de los delitos mencionados en el párrafo anterior, el dinero o dádiva entregadas. Las mismas se aplicarán en beneficio de la administración y procuración de justicia.

Ver texto oficial del Código Penal del Estado de México (pág. 139) ↗

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