Artículo 358 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete un delito contra un defensor de derechos humanos o un periodista, y esa persona es un servidor público (como un policía o funcionario) actuando en su trabajo, la cárcel será más larga. También aplica si la víctima es mujer y el delito se cometió por razones de género, como odio o discriminación hacia ella. En cualquier de estos casos, el castigo se aumenta hasta la mitad de lo que normalmente sería. Esto aplica en el Estado de México.
Texto oficial
Artículo 358.- Cuando cualquiera de los delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos o periodistas, sea realizado por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, se aumentará la pena hasta en una mitad. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese el presente Código en la “Gaceta del Gobierno”. SEGUNDO.- Este Código, entrará en vigor cinco días después de su publicación en la “Gaceta del Gobierno”. TERCERO.- Se abroga el Código Penal para el Estado de México publicado en la Gaceta del Gobierno el veintiséis de enero de mil novecientos ochenta y seis. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de marzo de 2000. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO 140 CUARTO.- El Código abrogado seguirá aplicándose para los hechos u omisiones ejecutados durante su vigencia, a menos que conforme al nuevo Código, hayan dejado de considerarse como delitos o que los sujetos al mismo manifiesten su voluntad de acogerse, al presente ordenamiento como mas favorable. QUINTO.- El artículo 148, que se refiere al delito de prestación ilícita del servicio público de transporte de pasajeros, entrará en vigor a los tres años, a partir del inicio de la vigencia del presente decreto. Lo tendrá entendido el Gobernador Constitucional del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintinueve días del mes de febrero del dos mil.- Diputados Vicepresidente.- C. Gustavo Alonso Donis García.- Diputados Prosecretarios.- C. Rubén Colín Cortez.- C. Alfonso Rodríguez Tinajero.- Rúbricas. Por lo tanto mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 17 de marzo del 2000. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO ARTURO MONTIEL ROJAS (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO MANUEL CADENA MORALES (RUBRICA). APROBACION: 29 de febrero del 2000. PROMULGACION: 17 de marzo del 2000. PUBLICACION: 20 de marzo del 2000. VIGENCIA: 25 de marzo del 2000. REFORMAS Y ADICIONES FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 3 de abril del 2000. DECRETO NÚMERO 201.- Se reforman los artículos 1 en su fracción I, 9, 15 en su fracción II, 46 en su segundo párrafo, 51 en su último párrafo, 61, 75, 76, 78, 79 en su fracción I, 91 en su segundo párrafo, 93, 97 en su tercer párrafo, 185, la denominación del Capítulo IV del Subtítulo Quinto del Título Segundo, 217 en su primer párrafo, 290 en su fracción V, la denominación del Titulo Quinto, 317 en su primer párrafo, 318 en su primer párrafo, 319 en su Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de marzo de 2000. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO 141 primer párrafo, 320 en su primer párrafo, 323, 326 y 327; se adiciona un segundo párrafo al 241; y se derogan el segundo párrafo del artículo 39, la fracción III del 79 y el tercer párrafo del 252 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 1 de septiembre del 2000, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 175.- Por el que se adiciona la fracción VI al artículo 259 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 3 de septiembre del 2003, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 38 EN SU ARTCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 91; 295 en sus fracciones I, II y III, y se adiciona una fracción IV al artículo 295 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 1 de abril del 2004, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 54.- Por el que se reforma el primer párrafo del artículo 229 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 28 de julio del 2004, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 55 EN SU ARTICULO TERCERO.- Por el que se adiciona con una fracción XI el artículo 136 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 10 de agosto del 2004, entrando en vigor a los noventa días siguientes de su publicación. DECRETO NÚMERO 57.- Por el que se adicionan la fracción III al artículo 176, la fracción VII al artículo 261 y 273 BIS, se reforman los artículos 23, 24, 242 en sus fracciones II y III, 243 en su primer párrafo de la fracción II, 259 en su primer párrafo y en sus fracciones I, II, III, IV, V y VI, 261 en su primer párrafo y en su fracción III, 273, 274 en sus fracciones I, II y IV y 290 en su fracción IV, del Código Penal del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 10 de agosto del 2004, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 4 de octubre del 2004. DECRETO NÚMERO 83.- Por el que se reforman los artículos 9, 68 y 271 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 27 de octubre del 2004, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 16 de noviembre del 2004. NOTA ACLARATORIA A LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN LA GACETA DEL GOBIERNO, NUMERO 67 DE FECHA 04 DE OCTUBRE DE 2004 SECCION SEGUNDA, PAGINA 17: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 16 de noviembre del 2004. DECRETO NÚMERO 97.- Por el que se reforma el artículo 19 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 26 de noviembre del 2004, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 98 EN SU ARTICULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 9, 204 último párrafo, la denominación del Capítulo Segundo del Subtítulo Cuarto del Título Segundo del Libro Segundo; 205; 206; 208; 217 en sus párrafos primero y segundo; 218 primer párrafo; 220; 238 en su fracción VIII; 254; 277. Se adicionan los artículos 204 con un último párrafo; 205 bis; 217 con un último párrafo; 218 con un último párrafo; 270 con un último Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de marzo de 2000. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO 142 párrafo del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 26 de noviembre del 2004. DECRETO NÚMERO 137 EN SU ARTICULO PRIMERO.- Por el que se reforma el artículo 81 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 21 de diciembre del 2005, el presente decreto tendrá vigencia, hasta en tanto entre en vigor las reformas a los artículos 82, 89 en su segundo párrafo, 99 en su primer párrafo a la adición del segundo párrafo al artículo 102 y el artículo 104 bis, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, aprobado por esta Legislatura. DECRETO NÚMERO 202 EN SU ARTICULO SEGUNDO.- Por el que se adiciona la fracción XII del artículo 136 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 2 de enero del 2006, entrando en vigor ciento ochenta días naturales después de su publicación. DECRETO NÚMERO 220.- Por el que se reforma la fracción I y se adiciona un último párrafo al artículo 61 y se deroga el artículo 196 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 26 de mayo del 2006, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 288.- Por el que se adiciona un párrafo segundo y el actual segundo se recorre para quedar como tercero al artículo 266 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 7 de agosto del 2006, entrando en vigor a los quince días naturales siguientes a su publicación. DECRETO NÚMERO 48.- Por el que se reforman los artículos 9 y 229 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 19 de julio del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 72.- Por el que se reforman los artículos 273 y 274 y se deroga el artículo 273 BIS del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 29 de agosto del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 76 ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 9, 58 párrafos primero, segundo y tercero; 61 fracción V; 69; 70 en su primer párrafo y las fracciones I, II y III; 71 primer párrafo y su fracción II; 72; 73; 290 en sus fracciones I en su primer párrafo, II en su primer párrafo, V, VI en su segundo párrafo y XII. Se adiciona un último párrafo al artículo 58; 70 bis; 73 bis; un último párrafo a la fracción I y las fracciones XIV y XV al artículo 290. Se derogan la fracción IV del artículo 61; la fracción I del artículo 71, del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 29 de agosto del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 5 de septiembre del 2007. DECRETO NÚMERO 78 ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 69; la denominación del capítulo VII, del Título Cuarto, del Libro Primero; 70 en sus fracciones I, II y III; 70 bis en sus fracciones IV y V; 72 en sus fracciones I y VIII; 73; 73 bis; 290 en sus fracciones III y XIV. Se derogan las fracciones IV, V, VI y VII del artículo 70; el primer párrafo del artículo 73 pasando el segundo párrafo a ser el primero y consecuentes y el segundo párrafo de la fracción XIV del artículo 290 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 26 de septiembre del 2007, entrando en vigor el día de su publicación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de marzo de 2000. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO 143 DECRETO NÚMERO 83.- Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 126 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 29 de octubre del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 87 ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforma el último párrafo del artículo 266 del Código Penal para el Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el 28 de noviembre del 2007, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. DECRETO NÚMERO 103.- Por el que se adicionan los Capítulos VI denominado “Manipulación Genética” con el artículo 251 Bis y VII denominado “Disposición de Células y Procreación Asistida” con el artículo 251 Ter, al Subtítulo Primero del Título Tercero del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 27 de diciembre del 2007; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. DECRETO NÚMERO 106.- Por el que se reforman los artículos 9, la denominación del Subtítulo Cuarto, del Título Segundo, del Libro Segundo; la denominación del Capítulo I del Subtítulo Cuarto del Libro Segundo; los artículos 204, 205, la denominación del Capítulo II del Subtítulo Cuarto del Libro Segundo; 206, 207, 208, la denominación del Capítulo III del Subtítulo Cuarto del Libro Segundo; 209, 210; se adicionan el artículo 209 Bis, el Capítulo Noveno del Subtítulo Tercero del Título Tercero del Libro Segundo con los artículos 268 Bis, 268 Bis 1; se derogan los artículos 205 Bis y 220 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 28 de diciembre del 2007; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. DECRETO NÚMERO 175.- Por el que se reforma la fracción IV del artículo 57, la denominación del Capítulo I del Subtítulo Cuarto y el artículo 269 y se adiciona el artículo 269 Bis al Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 31 de julio de 2008, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. DECRETO NÚMERO 274 EN SU ARTÍCULO SEGUNDO.- Por el que se reforma el artículo 134 del Código Penal del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 24 de marzo del 2009, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. DECRETO NÚMERO 63 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 22 en su apartado B en sus fracciones V y VI; la denominación del Capítulo V del Subtítulo Quinto del Título Segundo del Libro Segundo; 218 en sus párrafos primero y quinto; 269 en su primer párrafo; 271; 272; 273 en su cuarto párrafo; 274 en sus fracciones II y V; 306 en sus fracciones XV y XVI. Se adiciona la fracción VII al apartado B del artículo 22; el Capítulo XVI al Título Tercero del Libro Primero y el artículo 56 Bis; la fracción IX al artículo 238; la fracción XVII al
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