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Artículo 92 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un tribunal revisa un caso y declara que el acusado es inocente, las penas que esté cumpliendo se cancelan de inmediato. Si ya las terminó de cumplir, esa declaración de inocencia le da derecho a él o a sus familiares (herencia) a que oficialmente se reconozca que nunca fue culpable. Esto aplica aunque la persona ya haya fallecido. Básicamente, si se demuestra que eras inocente, se borra el castigo y se repara tu nombre.

Texto oficial

Artículo 92.- La sentencia dictada en recurso de revisión extraordinaria, sólo en el caso de que declare la inocencia del inculpado, extingue las penas impuestas si el reo está cumpliéndolas. Si las ha cumplido, viva o no, da derecho a él o a sus herederos, en sus respectivos casos, a obtener la declaratoria de su inocencia. CAPITULO X REHABILITACION

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.