Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y sus Municipios establece cuánto hay que pagar por ciertos trámites o servicios. Por ejemplo, si pides una copia certificada de un documento, la primera hoja te costará 0.850 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y cada hoja extra 0.417 veces ese mismo valor. También se cobra por certificados de que no debes impuestos al comprar una casa o terreno, o por constancias de vecindad. Estos montos se calculan multiplicando el valor de la UMA, que cambia cada año, por la cantidad que indica la tabla.
Texto oficial
Artículo 147.- Por la prestación de los siguientes servicios se pagarán: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 192 TARIFA CONCEPTO NÚMERO DE VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE I.Expedición de copias certificadas: A). La primera foja. 0.850 B). Foja excedente. 0.417 II. Certificaciones relativas a operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles que no causen el impuesto correspondiente. 4.0 III. Certificaciones de pago realizadas por concepto de impuestos, derechos y aportaciones de mejoras, por cada una. 2.5 IV. Derogada. V. Constancias de vecindad que soliciten los habitantes del municipio, así como por las demás certificaciones que se expidan en los términos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. 1.0 VI. Práctica de auditoria realizada a solicitud de particulares: A). Hora Auditor. B). Hora Supervisor. 0.66 1.08 VII. Corrección o rectificación de datos en documentos aportados por el contribuyente. 1.0 VIII. Expedición de documentos impresos en cualquier tipo de papel seguridad. 0.91 Únicamente se pagarán por concepto de los derechos señalados en la fracción III de este
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.