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Artículo 180 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El padrón catastral es como una lista oficial de todos los terrenos y construcciones de un municipio. Esta lista tiene dos partes: una con datos escritos (como números y letras) y otra con mapas o dibujos de los terrenos. Toda esa información debe incluir los detalles, catálogos y reglas que marca el reglamento, el Manual Catastral y otras leyes relacionadas. En pocas palabras, es el expediente completo que el gobierno usa para saber cómo son los predios de la zona.

Texto oficial

Artículo 180.- El padrón catastral se integra por un registro alfanumérico y un registro gráfico y deberán contener los datos, catálogos y especificaciones establecidos en el reglamento de este Título, el Manual Catastral y demás disposiciones aplicables a la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 212) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.