Artículo 193 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se le asigna una clave a cada terreno y a cada construcción para saber cuánto valen. Para los terrenos, se les pone un código de dos caracteres: la primera letra indica para qué se usa el terreno (por ejemplo, H para casa habitación, C para comercio, I para fábrica) y el número que sigue indica la calidad del terreno (del 1 al 6 para casas, siendo el 1 el más básico y el 6 el más lujoso). Para las construcciones, también se usa un código con letras y números que indica el tipo de uso, la clase y la categoría del edificio. En todos los casos, estas reglas se basan en cosas como los servicios públicos que tiene la zona, el nivel económico de la gente y el tipo de construcciones que hay.
Texto oficial
Artículo 193.- Para los efectos de clasificación de las áreas homogéneas y la determinación de los valores unitarios de suelo, así como para la clasificación de las tipologías de construcción y la determinación de los valores unitarios de construcciones, se atenderá a lo siguiente: I. Tratándose de suelo, en la codificación que servirá para identificar a los diferentes tipos de áreas homogéneas, se deberán considerar los criterios de uso de suelo y nivel de jerarquización siguientes: El uso de suelo puede ser: Habitacional ( H ), Comercial ( C ), Industrial ( I ), Equipamiento ( E ), Agrícola ( A ), Agostadero ( B ), Forestal ( F ), Eriazo ( G ) y Especial ( L ). Los niveles de jerarquización se identifican por una clave que asigna diversas categorías a los usos de suelo y se definen atendiendo al análisis cuantitativo y cualitativo predominante sobre la existencia, calidad y disponibilidad de los servicios públicos; infraestructura; equipamiento; régimen jurídico de la propiedad; nivel socioeconómico de la población; así como el tipo y calidad de las construcciones. Con base en lo enunciado en los dos párrafos anteriores, el código del área homogénea se integra por dos caracteres, el primero es alfabético y corresponde a la clave de uso del suelo; el segundo es numérico y corresponde al nivel de jerarquización, conforme a la siguiente clasificación: Código Uso Nivel de jerarquización H1 Habitacional Precario H2 Habitacional Popular H3 Habitacional Interés Social H4 Habitacional Medio H5 Habitacional Residencial Bueno H6 Habitacional Residencial Muy Bueno C1 Comercial Bajo Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 215 Código Uso Nivel de jerarquización C2 Comercial Medio C3 Comercial Alto I1 Industrial Económica I2 Industrial Ligera I3 Industrial Mediana I4 Industrial Pesada E1 Equipamiento Equipamiento A1 Agrícola Agrícola A2 Agrícola Riego A3 Agrícola Humedad A4 Agrícola Temporal A5 Agrícola Agroindustrial B1 Agostadero Praderas Naturales B2 Agostadero Praderas Cultivadas F1 Forestal Natural F2 Forestal Cultivado G1 Eriazo Eriazo L1 Especial Ruinas y Sitios Arqueológicos L2 Especial Cuerpos de Agua L3 Especial Reservas Naturales Las definiciones de los usos de suelo y las características que permitan identificar las diferencias cualitativas y cuantitativas que corresponden a cada una de las áreas homogéneas antes indicadas, deberán establecerse en el Reglamento de este Título. II. Tratándose de construcciones, en la codificación que servirá para identificar a las diferentes tipologías de construcciones, se deberán considerar los criterios de uso, clase y categoría, siguientes: El uso puede ser: habitacional ( H ), comercial ( C ), industrial ( I ), equipamiento ( Q ) y especial ( E ). Cada uso se clasifica en clases de acuerdo con el proyecto de la construcción y material empleado en la ejecución de la obra básica. Asimismo, cada clase se clasifica en categorías atendiendo a la existencia y calidad de los acabados básicamente en muros, pisos, techos y baños. Con base en lo descrito en los tres párrafos anteriores, el código de las tipologías de construcciones se integra por tres caracteres, el primero es alfabético e identifica el uso; el segundo es alfabético para referir la clase; y el tercero es numérico y corresponde a la categoría, de conformidad con la siguiente clasificación: Código Uso Clase Categoría HA1 Habitacional Precario Baja HA2 Habitacional Precario Media HA3 Habitacional Precario Alta HB1 Habitacional Económico Baja Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 216 HB2 Habitacional Económico Media HB3 Habitacional Económico Alta HC1 Habitacional Interés social Baja HC2 Habitacional Interés social Media HC3 Habitacional Interés social Alta HD1 Habitacional Regular Baja HD2 Habitacional Regular Media HD3 Habitacional Regular Alta HE1 Habitacional Bueno Baja HE2 Habitacional Bueno Media HE3 Habitacional Bueno Alta HF1 Habitacional Muy bueno Baja HF2 Habitacional Muy bueno Media HF3 Habitacional Muy bueno Alta HG1 Habitacional De lujo Baja HG2 Habitacional De lujo Media HG3 Habitacional De lujo Alta CA1 Comercial Económico Baja CA2 Comercial Económico Media CA3 Comercial Económico Alta CB1 Comercial Regular Baja CB2 Comercial Regular Media CB3 Comercial Regular Alta CC1 Comercial Bueno Baja CC2 Comercial Bueno Media CC3 Comercial Bueno Alta CD1 Comercial Muy bueno Baja CD2 Comercial Muy bueno Media CD3 Comercial Muy bueno Alta CE1 Comercial De lujo Baja CE2 Comercial De lujo Media CE3 Comercial De lujo Alta CF1 Comercial Departamental Baja CF2 Comercial Departamental Media CF3 Comercial Departamental Alta CF4 Comercial Departamental Muy Alta IA1 Industrial Económica Baja IA2 Industrial Económica Media IA3 Industrial Económica Alta IB1 Industrial Ligera Baja IB2 Industrial Ligera Media IB3 Industrial Ligera Alta IC1 Industrial Mediana Baja IC2 Industrial Mediana Media IC3 Industrial Mediana Alta ID1 Industrial Pesada Baja ID2 Industrial Pesada Media ID3 Industrial Pesada Alta IF1 Industrial Complementaria Baja Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 217 IG2 Industrial Complementaria Media IH3 Industrial Complementaria Alta IH4 Industrial Complementaria Muy alta II1 Industrial Tanque Cisterna Baja IJ2 Industrial Tanque Elevado Metal Media IK3 Industrial Tanque Elevado Concreto Alta IK4 Industrial Planta Tratadora Muy alta IL1 Industrial Silos Metálico Baja IM2 Industrial Silos Concreto Alta IQ2 Industrial Báscula Media QA1 Equipamiento Cine Auditorio Baja QA2 Equipamiento Cine Auditorio Media QB3 Equipamiento Cine Auditorio Alta QC1 Equipamiento Escuela Baja QC2 Equipamiento Escuela Media QC3 Equipamiento Escuela Alta QD1 Equipamiento Oficina Baja QD2 Equipamiento Oficina Media QD3 Equipamiento Oficina Alta QD4 Equipamiento Oficina Muy Alta QE1 Equipamiento Estacionamiento Baja QE2 Equipamiento Estacionamiento Media QE3 Equipamiento Helipuerto Alta QF1 Equipamiento Hospital Baja QF2 Equipamiento Hospital Media QG3 Equipamiento Hospital Alta QH1 Equipamiento Hotel Regular Baja QH2 Equipamiento Hotel Regular Media QH3 Equipamiento Hotel Regular Alta QI1 Equipamiento Hotel bueno Baja QI2 Equipamiento Hotel bueno Media QI3 Equipamiento Hotel bueno Alta QL1 Equipamiento Hotel muy bueno Baja QL2 Equipamiento Hotel muy bueno Media QL3 Equipamiento Hotel muy bueno Alta QJ1 Equipamiento Mercado Baja QK2 Equipamiento Mercado Media EA1 Especiales Alberca Sencilla EA2 Especiales Alberca Equipada EB1 Especiales Barda Malla o Similar Baja EC2 Especiales Barda Tabique o Similar Media EC3 Especiales Barda Piedra o Similar Alta EC4 Especiales Barda de perfiles metálicos Muy Alta ED1 Especiales Cancha Arcilla o asfalto Baja ED2 Especiales Cancha Concreto Media EG1 Especiales Cobertizo Baja EG2 Especiales Cobertizo Media EH3 Especiales Cobertizo Alta EH4 Especiales Cobertizo Muy alta Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 218 EI1 Especiales Elevador Montacargas Baja EJ2 Especiales Elevador Escalera eléctrica Media EK3 Especiales Elevador < 10 niveles Alta EK4 Especiales Elevador > 10 niveles Muy alta EE1 Especiales Cancha Muro Frontón Baja EF2 Especiales Cancha Muro Squash Media EL1 Especiales Pavimento Asfalto o Similar Baja EL2 Especiales Pavimento Concreto Media EL3 Especiales Pavimento Alta EM1 Especiales Cancha Césped Baja EN1 Especiales Gradas Concreto Media EQ1 Especiales Contenedor Baja EQ2 Especiales Contenedor Alta ER1 Especiales Antena Baja ER2 Especiales Antena Alta ES1 Especiales Espectacular Baja ES2 Especiales Espectacular Alta Las características que permitan identificar las diferencias cualitativas y cuantitativas respecto al proyecto de la construcción, material empleado en la ejecución de la obra básica y acabados, que corresponde a cada una de las tipologías de construcción antes enlistadas, deberán establecerse en el Reglamento de este Título.
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