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Artículo 192 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 192 dice que para calcular impuestos o costos oficiales de un terreno o una construcción, se usan unos valores por metro cuadrado. Esos valores vienen en unas tablas llamadas "Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones". Esas tablas ya fueron aprobadas por los diputados locales y son parte de este código. O sea, no es un precio al azar, sino un número fijo que la ley ya tiene definido.

Texto oficial

Artículo 192.- Los valores unitarios de suelo y de construcciones, se determinarán por la unidad de medida que establecen las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, aprobadas por la Legislatura y que forman parte de este Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 214) ↗

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