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Artículo 198 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo los dueños o poseedores de un inmueble deben calcular el valor catastral de su propiedad, que es el valor oficial que sirve para pagar impuestos como el predial. Tienes que revisar las Tablas de Valores Unitarios que publica el gobierno, donde se dividen las zonas (como colonias o áreas) y los tipos de construcción (como casa, departamento o local). Buscas ahí tu terreno y tu construcción para obtener dos valores: el valor del suelo por metro cuadrado y el valor de la construcción por metro cuadrado. Luego multiplicas esos valores por los metros cuadrados de tu terreno y de tu construcción, y los sumas para obtener el valor catastral total. La fórmula es simple: Valor catastral = Valor del terreno + Valor de la construcción.

Texto oficial

Artículo 198.- Con base en los criterios de clasificación de áreas homogéneas y tipologías de construcción, los propietarios o poseedores, ubicarán su inmueble en las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, conforme al área homogénea o banda de valor, y a la tipología de construcción que le corresponda, e identificarán el valor unitario de suelo y el valor unitario de construcción, aplicables a la superficie de terreno y de construcción, si la hubiera, Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 222 calculando su valor catastral mediante la fórmula siguiente: Vcat = Vt + Vc Para efectos de la fórmula anterior, se entenderá: Vcat = Valor catastral Vt = Valor del terreno Vc = Valor de la Construcción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 221) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.