Artículo 2 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, en general, todas las acciones, trámites y decisiones que tomen las autoridades, así como las quejas o reclamaciones que surjan por aplicar este código, se harán y resolverán siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. La única excepción es cuando el mismo código que estás leyendo ya tenga sus propias reglas escritas; en ese caso, se usan esas, no las del otro código.
Texto oficial
Artículo 2.- Los actos, procedimientos y resoluciones que dicten o ejecuten las autoridades, así como las inconformidades que se susciten por la aplicación de este ordenamiento, se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, salvo que se trate de actos y procedimientos regulados expresamente en este Código.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.