Artículo 254 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Instituto Hacendario del Estado de México va a tener cuatro áreas de trabajo para coordinar los asuntos de dinero y finanzas entre el gobierno del estado y los municipios. Si surge algún problema muy específico, los jefes del Instituto pueden crear equipos especiales, formados por representantes de los municipios que estén involucrados. En esos equipos también pueden invitar a escuelas, centros de investigación o grupos de la sociedad y empresas que tengan que ver con el tema de finanzas públicas.
Texto oficial
Artículo 254 Bis.- Para el conocimiento, seguimiento y resolución de asuntos que se desprendan del funcionamiento del Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México con sus Municipios, el Instituto Hacendario contará con las Coordinaciones de Normas y Procedimientos, de Profesionalización, de Estudios Hacendarios y Asistencia Técnica y de Vinculación Interinstitucional. Para la atención y resolución de problemas específicos, el Consejo Directivo o la o el Vocal Ejecutivo con autorización de aquél, podrán formar comisiones regionales, especializadas o temáticas, las cuales estarán integradas por la o el Vocal Ejecutivo, quién las presidirá y por las personas servidoras públicas que representen a los municipios involucrados, quienes deberán ser designadas por la o el presidente municipal correspondiente. En estas comisiones se podrá invitar a participar a instituciones académicas, de investigación y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 257 agrupaciones del sector social y privado relacionadas con la materia hacendaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.