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Artículo 256 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La deuda pública son todas las obligaciones financieras que tiene el gobierno, ya sea que las haya pedido directamente, por medio de otro organismo, o que sean deudas que podrían activarse si ocurre algo en específico. Por ejemplo, cuando el gobierno pide un préstamo a un banco, eso es una deuda directa. Si avala el préstamo de una empresa pública, eso es indirecto. Y si firma un seguro que tendría que pagar solo si pasa un desastre, eso es un pasivo contingente. En pocas palabras, todo lo que los gobiernos deben o podrían deber.

Texto oficial

Artículo 256.- Para los efectos de este Código la deuda pública está constituida por las obligaciones de pasivo directas, indirectas o contingentes, contraídas por los entes públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 257) ↗

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