Artículo 256 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La deuda pública son todas las obligaciones financieras que tiene el gobierno, ya sea que las haya pedido directamente, por medio de otro organismo, o que sean deudas que podrían activarse si ocurre algo en específico. Por ejemplo, cuando el gobierno pide un préstamo a un banco, eso es una deuda directa. Si avala el préstamo de una empresa pública, eso es indirecto. Y si firma un seguro que tendría que pagar solo si pasa un desastre, eso es un pasivo contingente. En pocas palabras, todo lo que los gobiernos deben o podrían deber.
Texto oficial
Artículo 256.- Para los efectos de este Código la deuda pública está constituida por las obligaciones de pasivo directas, indirectas o contingentes, contraídas por los entes públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.