Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 306 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Congreso del estado apruebe el presupuesto de gastos del gobierno, la Secretaría de Finanzas debe avisar a las dependencias públicas cuánto dinero les toca. Ese aviso tiene que darse en los primeros 20 días hábiles del año fiscal. Para los municipios, la Tesorería municipal es la encargada de comunicarles el presupuesto a las áreas del ayuntamiento una vez que el Cabildo lo apruebe.

Texto oficial

Artículo 306.- Una vez que se apruebe el Presupuesto de Egresos por la Legislatura, el Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría deberá comunicar a los Entes Públicos, de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, dentro de los primeros veinte días hábiles del ejercicio fiscal correspondiente, su presupuesto aprobado. En el caso de los municipios la comunicación a que se refiere el presente artículo la realizará la Tesorería, una vez aprobado el presupuesto por el ayuntamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 288) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.