Artículo 312 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno, como secretarías o dependencias, tienen la responsabilidad de cuidar que el dinero que gasten de su presupuesto solo se use siguiendo estas reglas: que realmente tengan que pagar por un servicio o producto que ya recibieron (salvo cuando adelanten dinero por ley), que no gasten más de lo que tienen autorizado mes a mes, y que todo esté comprobado con facturas o recibos originales, además de papeles que justifiquen por qué deben pagar. También deben asegurarse de que el gasto esté directamente relacionado con las metas y objetivos para los que se les asignó el presupuesto.
Texto oficial
Artículo 312.- Las dependencias y entidades públicas deberán cuidar bajo su responsabilidad que los pagos que se efectúen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados, con excepción de los anticipos previstos en otros ordenamientos legales; II. Que se efectúen dentro de los límites de los calendarios financieros autorizados; III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos, entendiéndose por justificantes las disposiciones y documentos legales que determinen la obligación de hacer un pago y por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de los bienes y servicios y el pago en dinero correspondiente. IV. Que se relacionen directa y únicamente con los objetivos y metas contemplados en el presupuesto autorizado. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 292
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.