Artículo 314 Quáter del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno, como los estados o municipios, tienen que reportarle a la Secretaría de Hacienda en qué se gastaron el dinero que recibieron de la federación, qué lograron con esos proyectos y si cumplieron lo que prometieron en el presupuesto. También deben asegurarse de tener facturas o comprobantes que demuestren que usaron los recursos para lo que les dieron. Todo esto lo tienen que hacer a través de un sistema llamado "Sistema de Recursos Federales Transferidos". Además, están obligados a publicar esos informes en sus páginas de internet oficiales, tal como lo marca la ley.
Texto oficial
Artículo 314 Quáter.- Los Entes Públicos, de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, con base en los programas presupuestarios aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, respecto de los recursos federales otorgados, a través del Sistema de Recursos Federales Transferidos, así como verificar que los documentos comprobatorios, justifiquen el destino de los recursos para el cual fueron otorgados, debiendo publicar sus informes a través de sus respectivas páginas oficiales de internet de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.