Artículo 366 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no pagas los impuestos que debes al SAT (hacienda) y el monto es de 100 mil a 250 mil pesos, te pueden dar una condena de cárcel de 3 meses a 1 año. Si el monto defraudado es de 250,001 a 500 mil pesos, la cárcel va de 1 a 3 años. Si es más de 500,001 pesos, la prisión es de 3 a 5 años. Si no se puede calcular exactamente lo que defraudaste, la pena será de 3 meses a 3 años. Además, si el que comete el fraude es un funcionario público que no entregó las cuotas de seguridad social (como el IMSS) que debía pagar por los trabajadores, la condena se puede aumentar hasta la mitad de lo que le tocaría originalmente.
Texto oficial
Artículo 366.- El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes: I. Con prisión de tres meses a un año, cuando el monto de lo defraudado sea de $100,000.00 y hasta $250,000.00; II. Con prisión de uno a tres años, cuando el monto de lo defraudado sea de $250,001.00 y hasta de $500,000.00; III. Con prisión de tres a cinco años, cuando el monto de lo defraudado sea mayor de $500,001.00. Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a tres años de prisión. Cuando el delito sea cometido por persona servidora pública que en ejercicio de sus funciones, omita total o parcialmente el entero de las cuotas o aportaciones de seguridad social, siendo responsable de ello; la pena que resulte aplicable en términos de este artículo, se aumentará hasta en una mitad más, según corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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