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Artículo 88 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 88 del código financiero del Estado de México dice que hay que pagar ciertas cantidades por trámites de la Secretaría del Medio Ambiente. Por ejemplo, si pierdes tu constancia de verificación vehicular y la quieres reponer, te costará 310 pesos. También trae los precios para sacar constancias de verificación, como la de holograma "Doble Cero" que vale 630 pesos, o la de "Rechazo" que cuesta solo 39. La Secretaría va a publicar cada seis meses las tarifas exactas que cobrarán los centros de verificación. Además, el 10% de lo que se junte por estos pagos se irá a un fondo especial, y el gobierno debe depositar ese dinero dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.

Texto oficial

Artículo 88.- Por los servicios prestados por la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible que a continuación se mencionan, se pagarán los siguientes derechos: TARIFA CONCEPTO I. Reposición de la constancia de verificación vehicular. $310 II. Por expedición de constancia a los vehículos que operan con combustibles alternos. $1,396 II Bis. Por la expedición de constancia a los vehículos registrados en el Esquema de Autorregulación. $1,395 III. Por expedición de la constancia a los vehículos que operan con combustibles alternos, que se realiza a domicilio. $1,521 IV. Por la autorización para proveer equipos y servicios para la operación de Centros de Verificación Vehicular, así como la comercialización y/o instalación de sistemas y dispositivos de control de emisiones. $10,941 V. Por la revalidación de autorización para proveer equipos y servicios para la operación de Centros de Verificación Vehicular, así como la comercialización y/o instalación de sistemas y dispositivos de control de emisiones, se pagará una cuota anual de. $2,734 Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de marzo de 1999. Última Reforma POGG: 19 de diciembre de 2025. CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 139 VI. Por la expedición de constancias de verificación vehicular con Hologramas a los Centros de Verificación Vehicular: A). Constancia con holograma “Tipo Doble Cero". $630 B). Constancia con holograma "Tipo Cero". $152 C). Constancia con holograma “Tipo Uno”. $152 D). Constancia con holograma “Tipo Dos”. $152 E). Constancia con holograma "Tipo Exento Voluntario". $630 F). Constancia de no aprobación “Tipo Rechazo”. $39 El Ejecutivo, a través de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, emitirá semestralmente como parte del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, los lineamientos y las tarifas aplicables por los servicios de verificación vehicular que presten los Centros de Verificación Vehicular. El 10% de los recursos que se obtengan por concepto del pago de dichas tarifas, será destinado al Fondo que al efecto se determine, por la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Secretaría, debiendo esta última hacer los depósitos correspondientes dentro de los 10 días hábiles del mes siguiente a aquel en el que se generaron, conforme a los lineamientos que se emitan y publiquen en el Periódico Oficial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 138) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.