Artículo 20 de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presupuesto que el gobierno destina a programas de ayuda social y combate a la pobreza no puede ser menor al del año anterior, ajustado por inflación. Esto quiere decir que, aunque los precios suban, el dinero para estas iniciativas debe mantener su valor real. Así, cada año se garantiza al menos el mismo poder de compra para atender a quienes más lo necesitan. En pocas palabras, no se vale recortar el gasto social de un año para otro.
Texto oficial
Artículo 20.- El Presupuesto para el Desarrollo Social, Combate a la Pobreza y programas de desarrollo social no podrá ser inferior, en términos reales al del año fiscal anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.