- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros de la junta directiva de un municipio van a estar en su puesto solo durante el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron nombrados. Esto quiere decir que su cargo termina al mismo tiempo que el del presidente municipal y su equipo. No pueden quedarse más tiempo del que originalmente se asignó.
Texto oficial
Artículo 19.- Los miembros de la junta directiva, durarán en su cargo, el período constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.