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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros de la junta directiva de un municipio van a estar en su puesto solo durante el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron nombrados. Esto quiere decir que su cargo termina al mismo tiempo que el del presidente municipal y su equipo. No pueden quedarse más tiempo del que originalmente se asignó.

Texto oficial

Artículo 19.- Los miembros de la junta directiva, durarán en su cargo, el período constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón (pág. 4) ↗

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