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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepetlaoxtoc

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo escoge la junta directiva, pero solo pueden elegir a la persona que les sugiera el presidente municipal. O sea, el presidente municipal propone a un candidato y la junta directiva decide si lo acepta o no para el puesto. El director no puede llegar por cuenta propia ni ser elegido de otro modo.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.