Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temamatla
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La persona que va a ser director la elige la junta directiva, pero solo si el presidente municipal propone a alguien primero. Es decir, el presidente municipal sugiere un nombre, y la junta directiva decide si lo acepta o no. Este es el paso para nombrar al director del lugar del que se trate.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.