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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley12/9
Ley
Ley de Defensoría Pública del Estado de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La forma en que el Instituto está organizado, cómo funciona y cómo se estructura tiene que seguir lo que dice la Ley y el Reglamento que la complementa. Esto significa que todo lo que haga el Instituto debe estar basado en esas reglas escritas, sin inventarse nada por fuera. La Ley es la norma principal y el Reglamento es un documento más detallado que explica cómo aplicar la Ley. Básicamente, el Instituto no puede hacer lo que quiera, sino lo que esas reglas le permiten.

Texto oficial

Artículo 9.- La organización, estructura y funcionamiento del Instituto se regulará por lo que dispone la Ley y el Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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