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Artículo 21 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto de Deporte de Chimalhuacán. Pueden aprobar el reglamento interno (las reglas del instituto), los planes y proyectos que proponga el director, y el presupuesto anual (cuánto dinero se gastará y de dónde vendrá). También nombran o ratifican al director, revisan los estados financieros (cuentas del dinero) y evalúan cómo van los programas. Además, pueden invitar a funcionarios del gobierno a sus reuniones si es necesario, y hacen todo lo demás que diga esta ley.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CHIMALHUACÁN 5 IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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