Artículo 22 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal sugiera a alguien para el puesto. Es como si el presidente propusiera un candidato y los demás miembros de la junta decidieran si lo aceptan o no. Sin esa propuesta del presidente, no pueden nombrar a nadie.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.