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Ley
Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La docencia universitaria no es nomás andar repitiendo información, sino crear un proceso de enseñanza y aprendizaje que sea activo, original y constante. Su chiste es transmitir el conocimiento de todo el mundo, desarrollar las habilidades y talentos de cada quien, inculcar valores positivos y mejorar el nivel cultural de las personas. Todo esto se basa en poder analizar y discutir libremente las ideas, sin cortapisas, pero siempre con respeto entre los alumnos y los maestros.

Texto oficial

ARTICULO 14.- La docencia universitaria consistirá en la realización de procesos dinámicos, creativos y continuos de enseñanza-aprendizaje que, transmita el conocimiento universal, desarrolle facultades y aptitudes, infunda valores y eleve el nivel cultural de los individuos. Estará cimentada en el libre examen y discusión de ideas, con mutuo respeto, entre alumnos y personal académico.

Ver texto oficial de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.