Artículo 13 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Academia es el equipo de estudiantes, maestros y trabajadores de la Universidad que, siguiendo sus principios, se encarga de cumplir los objetivos de la institución. Su labor es desarrollar habilidades intelectuales, fomentar el pensamiento crítico y analizar la realidad de México, el mundo y el Estado de México. También promueve el respeto a los derechos humanos y la solidaridad social, además de garantizar que profesores e investigadores tengan libertad para enseñar e investigar. La Universidad decide cómo organizar y evaluar sus actividades académicas, siempre siguiendo las reglas del Estatuto Universitario y demás normas.
Texto oficial
ARTICULO 13.- La Academia es la integración de voluntades de la comunidad universitaria que, de acuerdo a los principios fundamentales de la Universidad, dará cumplimiento al objeto y fines institucionales; fomentará el desarrollo y fortalecimiento de los hábitos intelectuales, el ejercicio pleno de la capacidad humana, el análisis crítico y objetivo de la realidad y de los Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de marzo de 1992. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MEXICO 4 problemas universales, nacionales, regionales y estatales; infundirá el estudio y observancia de los principios, deberes y derechos fundamentales del hombre; promoverá la asunción de una conciencia de compromiso y solidaridad social. Contará con la garantía de las libertades de cátedra y de investigación. La Universidad decidirá, planeará, programará, realizará y evaluará la conducción de sus funciones académicas conforme lo determine el Estatuto Universitario y la reglamentación derivada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.