Artículo 3 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad puede tomar sus propias decisiones según lo que dice la Constitución, sin que el gobierno se meta en su forma de trabajar. Toda la comunidad universitaria (estudiantes, maestros y trabajadores) debe seguir la ley de la universidad, su estatuto principal, reglamentos y demás reglas internas que creen sus autoridades. Ese estatuto principal explica cómo se hacen y cambian las reglas. Cuando haya dudas sobre qué significa alguna regla, se debe pensar en lo que es la universidad, sus principios, su historia y prestigio, y cómo está el entorno social y cultural del país.
Texto oficial
ARTICULO 3.- La Universidad ejercerá su autonomía en los términos de la fracción VIII del Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Universidad y su comunidad observarán la presente Ley, el Estatuto Universitario, reglamentos y demás disposiciones internas expedidas por sus órganos de gobierno. El Estatuto Universitario señalará la forma, modalidades y procedimientos de aprobación y modificación de éste y de la reglamentación derivada. En la interpretación de esta Ley y reglamentación interna, se tomará en consideración la esencia de la Universidad, los principios fundamentales consignados en la presente Ley, la tradición y el prestigio de la Institución, y las condiciones de desarrollo del entorno social y cultural.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.