Artículo 8 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La universidad tiene la obligación de respetar los derechos laborales de sus trabajadores, tanto de los maestros como del personal administrativo. Esto significa que nadie en la universidad puede ignorar o violar esos derechos, como el salario justo o las prestaciones de ley. Sin embargo, esos derechos se ejercen siguiendo lo que digan las leyes laborales mexicanas, como la Ley Federal del Trabajo. En otras palabras, los empleados de la universidad tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador, pero deben aplicarse según las reglas que marca la ley.
Texto oficial
ARTICULO 8.- Las autoridades universitarias respetarán la existencia y ejercicio de los derechos laborales o de prestación de servicios profesionales, tanto del personal académico como del administrativo, en los términos y con las modalidades que establezca la legislación aplicable. TITULO SEGUNDO De la Comunidad Universitaria
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.