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Artículo 12 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado de México tiene la obligación de proteger a las personas adultas mayores y acabar con la violencia hacia ellas en la comunidad. Para lograrlo, debe crear formas para que se les respete y se reconozca todo lo que han aportado a la sociedad, a la familia y a los individuos. Eso implica que los adultos mayores vivan sin violencia, sin ser abandonados ni discriminados. Además, el gobierno debe dar información sobre los riesgos que enfrentan estos adultos mayores, porque esos problemas también afectan a toda la sociedad.

Texto oficial

Artículo 12.- El Gobierno del Estado de México deberá garantizar a las Personas Adultas Mayores la erradicación de la violencia en la comunidad, mediante mecanismos que fomenten el respeto pleno y el reconocimiento de los aportes que a la sociedad, a la comunidad, a la familia y a los individuos han tenido las Personas Adultas Mayores, libre de violencia, desatención, discriminación, así como para establecer información sobre el estado de riesgo que enfrentan y que perjudican igualmente a la sociedad en su conjunto. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de agosto de 2008. Última reforma POGG 10 de abril de 2026. LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ESTADO DE MÉXICO 11

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.