Artículo 49 de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las instituciones que ayudan a las personas mayores son todas aquellas, ya sean del gobierno, empresas privadas o grupos de la sociedad, que les ofrecen servicios y programas para cubrir sus necesidades. Por ejemplo, pueden ser asilos, centros de día, clínicas o comedores comunitarios. Lo importante es que cualquier organización que se dedique a apoyar a los adultos mayores entra en esta categoría, sin importar si es pública o privada.
Texto oficial
Artículo 49.- Se consideran instituciones de atención a las Personas Adultas Mayores, aquellas instituciones públicas, privadas o sociales que atienden las necesidades, ofrezcan servicios y programas en beneficio de este sector.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.