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Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Toluca"

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El patrimonio del Instituto, o sea, todo lo que tiene y con lo que cuenta para funcionar, está formado por varias cosas: los muebles y edificios que le dé el Ayuntamiento, el dinero que cobre por los servicios que ofrece, y los apoyos económicos que reciba del gobierno federal, estatal, municipal o de empresas privadas. También incluye lo que le asigne el Municipio cada año en su presupuesto, además de herencias, donaciones y cualquier otro bien que adquiera legalmente para cumplir su labor. Por último, entran las ganancias, intereses y rentas que genere con lo que ya tiene. Los terrenos o construcciones que sean del Instituto no se pueden embargar, vender ni perder con el tiempo, y nadie puede poner una deuda o hipoteca sobre ellos.

Texto oficial

Artículo 13.- El patrimonio del Instituto se integra por: I. Los bienes muebles e inmuebles que le asigne el Ayuntamiento; II. Los ingresos que, en el ejercicio de sus atribuciones, obtenga por la prestación de los servicios que establece la presente Ley y su Reglamento; III. Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que obtenga de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como del sector privado; IV. Los recursos del presupuesto de egresos del Municipio que el Ayuntamiento le asigne anualmente; V. Los legados, donaciones, derechos y demás bienes muebles o inmuebles que adquiera por cualquier título legal o jurídico, para el cumplimiento de su objeto; y VI. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimiento de sus bienes y demás ingresos que obtenga por cualquier título legal. Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del Instituto, serán inembargables, inalienables e imprescriptibles, y en ningún caso podrá constituirse gravamen sobre ellos. CAPÍTULO CUARTO DEL CONTROL Y VIGILANCIA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.