Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa de Allende
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los integrantes del Consejo Municipal van a estar en su puesto todo el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Eso significa que, si el ayuntamiento está en funciones por tres años, ellos también estarán ahí los tres años completos. No pueden cambiarlos a la mitad del camino, ni ellos pueden renunciar y que entre alguien más fácilmente. En pocas palabras, su cargo dura exactamente lo mismo que la administración municipal.
Texto oficial
Artículo 19.- Los miembros del Consejo Municipal, durarán en su cargo, el período constitucional de la administración municipal para la cual fueren designados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.