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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal tiene juntas normales al menos cada tres meses, pero si surge algo urgente, pueden juntarse más veces. Esas juntas normales se llaman "ordinarias", y las que son por causas urgentes se llaman "extraordinarias". Básicamente, se aseguran de reunirse seguido para tomar decisiones importantes del municipio. No hay un límite de juntas extras si se necesitan.

Texto oficial

Artículo 20.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco (pág. 4) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.