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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal es el grupo de personas que toman las decisiones importantes para el pueblo de Tlalmanalco. Ellos tienen varias tareas, como aprobar el reglamento interno del Instituto de Deporte (que son las reglas que debe seguir). También pueden elegir o quitar al director de ese Instituto, y revisar y dar luz verde al presupuesto (el dinero que se va a gastar y recibir cada año). Además, pueden invitar a funcionarios de otros gobiernos a sus reuniones cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Municipal. I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalmanalco; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de agosto de 2009. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TLALMANALCO 5 IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar, remover o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente Ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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