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Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chalco”, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director es elegido cuando el presidente municipal propone a alguien para el puesto, y luego el cabildo (que es el grupo de regidores y síndicos del municipio) lo aprueba en una reunión oficial.

Texto oficial

Artículo 23.- El director será nombrado a propuesta del presidente municipal, y ratificado en sesión de cabildo por el H. Ayuntamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.