Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene que juntarse a platicar y tomar decisiones al menos cada tres meses, pero si surge algo urgente, pueden hacer reuniones extra las veces que haga falta. Esto es para que no dejen pasar asuntos importantes sin resolver. No hay un límite para esas juntas adicionales. En pocas palabras, se reúnen seguido para trabajar.
Texto oficial
Artículo 20.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.