Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene varias responsabilidades para manejar el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte. Puede aprobar el reglamento interno del Instituto y también definir las reglas generales de cómo debe funcionar. Además, revisa y da el visto bueno a los proyectos, planes y programas que proponga el director del Instituto. También se encarga de aprobar los estados financieros, el presupuesto y puede nombrar o quitar al director. Por último, puede invitar a otras autoridades a las juntas si es necesario.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Municipal: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte Otzoloapan; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de agosto de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE OTZOLOAPAN, MÉXICO. 5 II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de la Otzoloapan; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de su objetivo; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o remover al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de otros ordenamientos legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.