Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige el presidente municipal, pero el Ayuntamiento (el grupo de regidores que gobierna el pueblo o ciudad) tiene que aprobarlo durante una junta oficial. O sea, primero el presidente municipal propone a la persona y luego los regidores votan para aceptarla.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado a propuesta del presidente municipal, y ratificado en sesión de cabildo por el H. Ayuntamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.