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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige el presidente municipal, pero el Ayuntamiento (el grupo de regidores que gobierna el pueblo o ciudad) tiene que aprobarlo durante una junta oficial. O sea, primero el presidente municipal propone a la persona y luego los regidores votan para aceptarla.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado a propuesta del presidente municipal, y ratificado en sesión de cabildo por el H. Ayuntamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.