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Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan es quien habla en nombre del Instituto, cumple las órdenes del Consejo Municipal y se asegura de que se logren los objetivos y programas. También puede firmar acuerdos y contratos para que los planes del Instituto se cumplan, y debe presentar al Consejo el plan de trabajo y el presupuesto anual. Además, puede comprar lo que se necesite, pero solo si el Consejo lo autoriza y siguiendo las reglas. Por último, debe hacer todo lo necesario para que los programas salgan bien y cumplir con lo que digan la ley, el reglamento interno y el Consejo.

Texto oficial

Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México; II. Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Municipal; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del Instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del Instituto; V. Presentar ante el Consejo Municipal el proyecto del programa operativo del Instituto; VI. Presentar ante el Consejo Municipal el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir conforme a las normas y previa autorización del Consejo, los bienes necesarios para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; y IX. Las que le confieren la presente ley, el reglamento interno y el Consejo Municipal. CAPÍTULO QUINTO DE SU PATRIMONIO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de agosto de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE OTZOLOAPAN, MÉXICO. 6

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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