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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero y los bienes con los que va a trabajar el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan va a venir de varias fuentes. Una parte importante será el 1% de todo el presupuesto que el Municipio tenga para gastar ese año. También va a recibir terrenos, edificios y cosas como muebles o equipo que el Ayuntamiento le asigne, además de apoyos económicos del gobierno federal, estatal y municipal. Por último, puede obtener lana o cosas de valor por servicios que cobren, donaciones, cooperaciones, permisos o cualquier otra forma legal, ya sea de empresas particulares, del gobierno o de la gente.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzoloapan, México, se integrará con: I. La asignación del 1% del total del presupuesto de egresos del Municipio; II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado; III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal; y IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social y los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.