- Ley
- Ley de Seguridad del Estado de México
- Artículo
- 179
Artículo 179 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Honor y Justicia le avisará al servidor público sobre la decisión que se tomó en su caso, siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Esto significa que te enterarás oficialmente de lo que resolvieron, ya sea a favor o en contra.
Texto oficial
Artículo 179.- La Comisión de Honor y Justicia ordenará la notificación al servidor público de la resolución correspondiente, conforme a lo establecido en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.