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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/179
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
179

Artículo 179 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Honor y Justicia le avisará al servidor público sobre la decisión que se tomó en su caso, siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Esto significa que te enterarás oficialmente de lo que resolvieron, ya sea a favor o en contra.

Texto oficial

Artículo 179.- La Comisión de Honor y Justicia ordenará la notificación al servidor público de la resolución correspondiente, conforme a lo establecido en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 75) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.