Artículo 182 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los policías del Estado de México deben actuar siguiendo las reglas que ya están marcadas en la Constitución, la Ley General y esta misma ley. La disciplina es la base de todo: significa tener buen comportamiento, ser puntual, obedecer al pie de la letra las leyes y respetar los derechos humanos. También implica que los jefes y los agentes se traten con respeto entre ellos. En pocas palabras, los uniformados deben portarse bien, cumplir órdenes y actuar con ética en todo momento.
Texto oficial
Artículo 182. La actuación de los Integrantes de las Instituciones Policiales se regirá por los principios previstos en los artículos 21 de la Constitución Federal, la Ley General y esta Ley. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 77 La disciplina comprende el aprecio de sí mismo, la pulcritud, los buenos modales, el rechazo a los vicios, la puntualidad en el servicio, la exactitud en la obediencia, el escrupuloso respeto a las leyes y reglamentos, así como a los derechos humanos. La disciplina es la base del funcionamiento y organización de las Instituciones Policiales, por lo que sus Integrantes deberán sujetar su conducta a la observancia de las leyes, órdenes y jerarquías, así como a la obediencia y al alto concepto del honor, de la justicia y de la ética. La disciplina demanda respeto y consideración mutua entre quien ostente un mando y sus subordinados.
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