Artículo 198 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todo lo que se diga durante una mediación con la policía es privado y no se puede compartir, a menos que tú y la otra persona estén de acuerdo en hacerlo público. Si deciden hacerlo público, de todas formas se debe proteger tu información personal (como tu nombre, domicilio o datos sensibles) según lo que marca la ley. En pocas palabras, lo que se hable en esa mediación se queda entre ustedes, a menos que ambos digan lo contrario. Y aunque lo hagan público, tus datos personales siguen siendo confidenciales.
Texto oficial
Artículo 198.- La información derivada de los procedimientos de mediación policial, será reservada, salvo que las partes involucradas decidan que sea pública; en todo caso, deberá preservarse la confidencialidad de los datos personales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. TÍTULO OCTAVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS DE AYUDA FEDERAL CAPÍTULO ÚNICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.