Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La seguridad pública es la tarea del gobierno (Federación, estados, municipios y alcaldías de la CDMX) de proteger tu vida, tu libertad, tus derechos, tu integridad física y tus bienes. También tiene que cuidar especialmente a mujeres, adolescentes, niñas y niños, como lo dice la Constitución del Estado de México. Además, busca mantener el orden y la paz social, prevenir delitos, investigarlos, perseguir a quienes los cometen, supervisar las prisiones y las sentencias, y ayudar a que las personas que cometieron delitos puedan reintegrarse a la sociedad. Todo esto se hace poniendo a las personas al centro, para que puedas ejercer tus derechos y libertades, resolver conflictos de manera pacífica y vivir en un ambiente de paz y democracia.
Texto oficial
Artículo 2.- La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México que tiene como fines salvaguardar la vida, las libertades, los derechos, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México el cual garantiza los deberes reforzados de protección del Estado con las mujeres, adolescentes, niñas y niños; así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la inteligencia para la toma de decisiones en materia de seguridad pública y operaciones policiales, así como la investigación y la persecución de los delitos, la supervisión de la prisión preventiva y ejecución de sentencias, la reinserción social del individuo y la sanción de las infracciones administrativas, en las competencias respectivas en términos de esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables. Las acciones en el ejercicio de la función de seguridad pública tendrán como eje central a la persona humana y, por ende, contribuirán al establecimiento de la seguridad ciudadana, la cual tiene por objeto proteger a las personas; asegurar el ejercicio de su ciudadanía, sus libertades y derechos fundamentales; establecer espacios de participación social corresponsable y armónica; propiciar la solución pacífica de los conflictos interpersonales y sociales; fortalecer a las instituciones, y propiciar Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 2 condiciones durables que permitan a los ciudadanos desarrollar sus capacidades, en un ambiente de paz y democracia. Las referencias contenidas en esta Ley en materia de seguridad pública, deberán interpretarse de manera que contribuyan al objeto y fines de la seguridad ciudadana.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.