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Artículo 216 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Asuntos Internos va a tener dos tipos de trabajadores para hacer su trabajo: los "servidores públicos generales" (empleados normales con horario fijo y derechos básicos) y los "de confianza" (puestos de más responsabilidad, como jefes o asesores). Estos empleados se contratan y manejan según lo que dice la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que es el reglamento que aplica para todos los trabajadores del gobierno.

Texto oficial

Artículo 216. Para el cumplimiento de su objeto, la Unidad de Asuntos Internos contará con servidores públicos generales y de confianza, en los términos de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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