Artículo 221 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los servidores públicos que trabajan en la Unidad de Asuntos Internos, sin excepción, tienen la obligación de hacerse las pruebas de confianza que el Centro de Control de Confianza determine. Esto aplica para cada uno de ellos, sin importar su puesto o cargo.
Texto oficial
Artículo 221. Los servidores públicos adscritos a la Unidad de Asuntos Internos, sin excepción, deberán someterse a las evaluaciones de confianza establecidas por el Centro. CAPÍTULO SEGUNDO DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES
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