Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 222 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define que el Centro es una institución pública que no depende directamente del gobierno del estado, pero que está bajo la supervisión de la Secretaría. Tiene capacidad legal propia para hacer trámites y ser dueño de sus bienes. Funciona según las reglas de esta Ley y su Reglamento interno, y su forma de operar se detalla en ese Reglamento.

Texto oficial

Artículo 222. El Centro es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría, el cual se regirá por lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento, y demás ordenamientos legales aplicables. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 89 La organización y funcionamiento del Centro se establecerá en su Reglamento Interior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.