Artículo 236 de la Ley de Seguridad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro le tiene que avisar a la Secretaría de Finanzas cuánto dinero necesita para funcionar y cómo le gustaría aumentar los precios de sus servicios. Debe hacerlo siguiendo los plazos y la forma que la Secretaría le pida. Esto es para que el gobierno sepa cómo manejar el presupuesto y los cobros del Centro.
Texto oficial
Artículo 236. El Centro remitirá a la Secretaría de Finanzas en los términos y tiempos que esta requiera, sus necesidades presupuestales, así como las propuestas de aumentos a los derechos que cobra por la prestación de sus servicios. SECCIÓN SEXTA DEL PERSONAL DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de octubre de 2011. Última reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 95
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