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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/97
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
97

Artículo 97 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa Estatal y cualquier cambio que se le haga deben publicarse en el "Periódico Oficial Gaceta del Gobierno", que es como el diario oficial del estado donde se dan a conocer las leyes y avisos importantes. Esto significa que, si el gobierno modifica el plan, tiene que avisarle a todo mundo por ese medio. Así cualquiera puede enterarse de lo que se aprobó o cambió. Es una forma de que todo sea transparente y la gente pueda consultarlo cuando quiera.

Texto oficial

Artículo 97.- El Programa Estatal y sus revisiones se publicarán en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.